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FRANZ

JUICIOS ANIMALES (I)

JUICIOS ANIMALES (I)

A partir del siglo XIII y a lo largo de los tres siglos siguientes, la cristiandad occidental entiende que existe la responsabilidad moral de los animales sobre los actos que cometen y por tanto deben ser juzgados y sentenciados, pasando la Iglesia a convertirse en el tribunal eclesiástico  para este tipo de juicios.
 
Mientras se espera el juicio, el animal es encarcelado: por ende, hay que alimentarlo, pagar a su carcelero y, eventualmente, al propietario del local. El encarcelamiento puede durar de una a tres semanas. A su vez, hay que pagar al verdugo y a sus asistentes, así como a los carpinteros, albañiles y personas de oficios diversos que instalaron el cadalso o prepararon los instrumentos de suplicio. Asimismo, buscar al animal culpable, escoltarlo hasta su prisión, conducirlo hacia su destino fatal requiere la intervención de sargentos y guardias. En la Edad Media, castigar el crimen cuesta caro, muy caro. Todas esas sumas, entonces, están cuidadosamente consignadas en los registros contables de la autoridad judicial o de un notario, donde también se registran los nombres de los beneficiarios y se indican, a veces, algunas precisiones sobre las tareas realizadas.
 

 

Uno de los animales juzgados con mayor frecuencia fueron  los cerdos, que sueltos por las calles de la ciudad o por el campo, no era extraño que produjeran heridas o incluso la muerte de personas, especialmente bebés a los que  se habían dejado solos, de forma imprudente, en las puertas de sus casas .

 

Para hacer más verosímil aún el juicio y el cumplimiento de la sentencia, las nuevas leyes indicaban expresamente que al cerdo condenado, tenía que cortársele el hocico y luego proceder a colocársele una máscara con rostro humano. Posteriormente se procedía a vestirle con las ropas del dueño para que en apariencia pudiese tener una leve similitud a un juicio humano y, claro, para dejar la impresión final de que también el castigo simbólico iba dirigido hacia el amo, como responsable indirecto de los actos del animal. Se observaban todos los formalismos legales y las reglas del tribunal: acusación, nombramiento de un defensor, proceso, discurso de la acusación y discurso de la defensa, para culminar finalmente con la sentencia. 

 

El incidente más célebre fue en 1386, conocido como el de la cerda de Falaise, Normandía , que ha trascendido a la posteridad gracias a que todos los detalles fueron recogidos minuciosamente para la posteridad por un escribiente local, Guiot de Montfort.

 

Una marrana bien rolliza fue acusada de infanticidio por matar a un niño devorándole el rostro y los brazos. El noble local, el vizconde Pere Lavengin, ordenó celebrar un proceso en el que el animal fue condenado a muerte. La cerda fue conducida al patíbulo disfrazada con ropas de persona, vestida con una chaqueta , calzones, calzas en las patas traseras, guantes blancos en las patas delanteras, donde el verdugo le amputó los brazos y el morro, tal y como ella había hecho con su víctima, y luego  colgada por los cuartos traseros hasta morir, cosa que sucedió pronto, a causa de la hemorragia masiva. Finalizada la ejecución, el público asistente desmembró al animal y celebró una parrillada. Pero lo más grotesco fue que se obligó a los granjeros a llevar a sus cerdos a que presenciaran la matanza, para que les sirviera de escarmiento.

 

Igual que este ejemplar, otro congénere suyo fue ejecutado en París en 1161, acusado de ¡regicidio! El animal se introdujo entre las patas del caballo que montaba el príncipe Felipe, hijo del rey Luis VI, y le hizo caer. El muchacho perdió la vida en el accidente y el puerco acabó destripado públicamente en un cadalso.

 

En 1572, en Toledo, otro cerdo que había devorado a un niño fue, además de ejecutado, acusado de sacrilegio por haber comido carne un Viernes Santo.

(.... continuará)

 

Referencia: “Historia de los juicios medievales”- Michel Pastoureau/ “La sirena de Fidji”- Jan Boudeson / “Quo”- Puercos asesinos- Vicente Fernández

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